Impacto prohibitivo de la comercialización de guacamaya roja (Ara macau) a través de las UMA's ante la aplicación de la ley general de vida silvestre /por Flavio Romero Hernández; director de tesis José Samuel Banda Arrieta.
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TextPublisher: Chapingo, Méx. : El autor, 2010Description: 1 recurso en línea (104 páginas): tablas, figuras, gráficas, ilustracionesContent type: - texto
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Licenciado en Comercio Internacional de Productos Agropecuarios División de Ciencias Económico Administrativas, 2010. Licenciatura
En los últimos años ha incrementado la preocupación por mitigar el impacto de la sobreexplotación de la fauna silvestre , tal es el caso de la adición al artículo 60 de la Ley General de Vida Silvestre que prohíbe todo aprovechamiento extractivo de psitácidos, sin embargo esta ley trajo consigo un impacto sobre aquellas Unidades de manejo para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre (UMA’s) que comercializaban legal y sustentablemente estas especies, pues ahora no podrán ser sujetas de aprovechamiento extractivo, perdiendo con ello estas unidades una fuente de ingresos. Hasta antes de la adición se tenía registro de 165 UMA’s en todo el país que contaban con un manejo intensivo de psitácidos, para 2008 se autorizó una tasa de aprovechamiento, tan solo para guacamaya roja (ara macao), de 203 ejemplares, a un precio de $36,500.00 pesos por cada uno, lo que represento un ingreso para las UMA´s de $7,206,500.00 pesos, que 2009 y 2010 fue nulo, además hubo un incremento considerablemente las importaciones de especies exóticas de psitácidos a México, pues tan solo de 2008 a 2000 se importaron 106,006 ejemplares, además de que el tráfico ilegal de este tipo de especies se vio incrementado en un 50% de 2008 a la fecha, pues quienes las adquirían en el mercado legal, ahora recurren a los mercados negros de especies. Por lo que la adición al artículo 60 de la LGVS debe ser revisada y plantear opciones sustentables para aquellas UMA’s que tienen tasas de aprovechamiento sustentable de psitácidos, pues estas siguen siendo una opción para la preservación no solo de las especies de psitácidos si no de las especies de flora y fauna que en México habitan.
ALEPH 10 20130110
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